Monday, 10 February 2020

Modificaciones al régimen de los residentes no habituales: Imposición de los jubilados

VolverNota informativa sobre la propuesta de Presupuesto del Estado de 2020

Tras la revisión del régimen para los profesionales altamente cualificados a finales de 2019 (tema analizado por el Departamento de Derecho Fiscal y Tributario de Belzuz Abogados S.L.P. en la Newsletter de Noviembre), se anticipa que el régimen sea objeto de una nueva modificación que estará especialmente dirigida a los jubilados.

El régimen fiscal de los RNH fue creado teniendo como objetivo atraer hacia a Portugal a profesionales altamente cualificados y jubilados con alto poder adquisitivo, encontrándose precisamente en este segundo grupo la mayor concentración de los beneficiarios actuales.

Tal y como está previsto en la actualidad, a través de la articulación de la legislación nacional con los Acuerdos para evitar la doble imposición firmados por Portugal y varios países, el régimen permite que, en muchos casos, los ingresos provenientes de pensiones de jubilación estén totalmente exentos de impuestos. Asimismo, en la redacción actual, los jubilados que obtengan el estatuto de residente no habitual pueden beneficiarse de la exención de impuestos tanto en el país de origen como en Portugal, país de residencia, siendo suficiente para la obtención del estatuto que no hayan sido considerados residentes fiscales en Portugal en los últimos 5 años y, además, que reúnan las condiciones para que sean considerados residentes fiscales en el año en el cual se presente la solicitud.

La propuesta inicial del Presupuesto de Estado para 2020 no asignaba ninguna modificación al régimen, no obstante, el Gobierno portugués ha cedido a diversas presiones y el Partido Socialista presentó el pasado día 27 de enero una propuesta de alteración al régimen relativamente a los jubilados que prevé la aplicación de una tasa de imposición mínima de 10% a los rendimientos de pensiones (Categoría H), sin perjuicio de la posibilidad de aplicación de las tasas generales que correspondan a estos y de la eliminación de la doble imposición internacional.

No obstante, de acuerdo con la propuesta presentada, estos cambios solamente serán forzosamente aplicables a aquellos que vengan a ser considerados residentes a efectos fiscales en Portugal después de la entrada en vigor del Presupuesto del Estado para 2020. Por consiguiente, los jubilados que actualmente se benefician de la designada “tributación cero” o exención total de impuestos sobre los rendimientos de pensiones bajo el régimen de los RNH podrán continuar beneficiándose del régimen anterior y de esta importante ventaja fiscal.

Por otro lado, aunque se apruebe la propuesta en análisis, según entendemos, el régimen sigue resultando bastante interesante pues sigue admitiendo la posibilidad de reducción de la carga fiscal sobre otros tipos de ingresos como los dividendos y los intereses provenientes del extranjero siempre que se verifiquen determinadas condiciones.

El Departamento de Derecho Fiscal y Tributario de Belzuz Abogados, S.L.P. está realizando un especial seguimiento del tema de la residencia no habitual en Portugal y, actualmente de forma especial, de los cambios que se están planteando, prestando a sus clientes un apoyo directo y personalizado desde el momento del traslado a Portugal hasta la obtención del estatuto. Además, sus profesionales están preparados para prestar apoyo jurídico y fiscal en todas las cuestiones relacionadas con el estatuto de residente no habitual que, eventualmente, puedan surgir durante la vigencia del régimen.

Belzuz Abogados tiene una experiencia de más de 50 años y cuenta con oficinas en Madrid, Lisboa y Oporto.


* El presente artículo fue realizado de acuerdo con la propuesta de modificación presentada por el Partido Socialista el pasado 27 de enero.

Fiscal and Tax Law department | (Portugal)

 

Belzuz Abogados SLP

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