Miércoles, 04 Enero 2017

Cambios con impacto laboral en el inicio de 2017

VolverLa Ley n.º 42/2016, del 28 de diciembre – que aprobó el Presupuesto Estatal para el año de 2017 – presenta las siguientes medidas laborales:

Pago de las Pagas Extra de Vacaciones y de Navidad

Se mantiene en vigor la regla legal que ya viene siendo adoptada en los últimos años, de acuerdo con la cual para los trabajadores con contrato de trabajo indefinido, la mitad del valor de las pagas extra de vacaciones y de Navidad será pagado de forma prorrateada, y la otra mitad en una única prestación (en el caso de la paga extra de Navidad hasta el día 15 de diciembre y en el caso de la paga extra de vacaciones antes del inicio del periodo de vacaciones), excepto en el caso de que hasta el próximo día 6 de enero los trabajadores expresamente soliciten al empleador que el pago sea efectuado en una única prestación.

En caso de disfrute interpolado de vacaciones, el pago de la mitad del valor de la paga extra de vacaciones que debe ser efectuada antes del inicio de las vacaciones, deberá efectuarse proporcionalmente antes de cada periodo de vacaciones.

Cesando el contrato de trabajo antes del final del año civil de 2017, el empleador podrá utilizar el mecanismo de la compensación de créditos cuando los importes efectivamente pagados al trabajador, en los términos arriba indicados, excedan los que le serían debidos.

En el caso de los contratos de trabajo temporales, el pago de las pagas extra de vacaciones y de Navidad de forma prorrateada depende expresamente de la existencia de un acuerdo escrito entre el trabajador y el empleador en ese sentido.

Subsidio de Alimentación

Fue actualizado el importe del subsidio de alimentación de la gran mayoría de los funcionarios públicos (y que sirve de referencia para el sector privado) para los siguientes importes: en el período entre 01/01/2017 y 31/07/2017 el importe es de €4,52, y en el periodo entre 01/08/2017 y 31/12/2017 el importe es de €4,77.

Esta actualización de importes determina también nuevos límites de exención en la tributación de este subsidio, conforme se indica en la tabla abajo:

Subsidio de alimentación 2017 Período entre 01/01/2017 y 31/07/2017 Período entre 01/08/2017 y 31/12/2017 (en este período está previsto el incremento de este concepto para €4,77 para los funcionarios públicos)
Valor límite de exención en metálico €4,52 €4,52
Valor límite de exención en ticket comedor €7,23 €7,23

 

Retribución Mínima Mensual Garantizada

El Decreto-Ley n.º 86-B/2016, del 29 de diciembre, actualiza la retribución mínima mensual garantizada para el año de 2017 para los €557,00 (quinientos cincuenta e siete Euros), con efectos al día 1 de enero de 2017.

El importe ahora en vigor corresponde a un incremento de €27,00 relativamente al anterior, y resulta de un acuerdo alcanzado entre el Gobierno y la mayoría de los interlocutores sociales.

 Sónia Lopes Ribeiro Sónia Lopes Ribeiro 

Departamento Derecho laboral | (Portugal)

 

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