Wednesday, 24 February 2021

Importantes modificaciones al Régimen jurídico de la autorización de residencia para inversión (Golden Visa) a partir del 1 de enero del 2022 en Portugal

VolverEn el ámbito de la autorización legislativa prevista en la Ley de los Presupuestos Generales del Estado para el 2020, se autorizó al Gobierno a revisar el régimen del Golden Visa, con el objetivo de favorecer la promoción de inversiones en los territorios del interior, incentivar la reclasificación urbana y el patrimonio cultural, las actividades de alto valor ambiental o social, la inversión productiva, bien como fomentar la creación de empleo y aumentar el valor mínimo de las inversiones.

Al amparo de esta autorización fue publicado el Decreto-Ley n.º 14/2021, de 12 de febrero que entrará en vigor el 1 de enero del 2022 y se aplicará a los pedidos de Golden Visa presentados a partir de esa fecha.

Todos los pedidos requeridos hasta el 31 de diciembre del 2021 quedarán garantizados al abrigo al amparo del régimen ahora en vigor, con lo cual no se les aplicará las nuevas modificaciones. De igual forma los procesos de renovación o pedidos de reagrupamiento familiar, cuando la autorización de residencia para inversión haya sido concedida al amparo del régimen anterior quedarán garantizados por ese régimen, aunque solicitados tras la entrada en vigor de las nuevas disposiciones legales.

Las principales modificaciones al régimen son:

1. Inversión inmobiliaria:

Los inmuebles adquiridos que se destinen a vivienda, ya sean o no sujetos a rehabilitación urbana, apenas permitirán el acceso al régimen del Golden Visa en caso de que se sitúen en las Regiones Autónomas de los Azores y Madeira o en los territorios del interior, identificados en el anexo de la Orden Ministerial n.º 208/2017, del 13 de julio. Queda, de esta forma, excluida del régimen la posibilidad de inversión inmobiliaria destinado a vivienda, por ejemplo, en las áreas metropolitanas de Lisboa y de Oporto y en casi todo el territorio del Algarve.

2. Aumento de los importes mínimos de inversión

El Decreto-Ley n.º 14/2021 de 12 de febrero aumentó los importes mínimos en las siguientes inversiones:

Inversión

Importe mínimo actual

Importe mínimo introducido por el

Decreto-Ley n.º 14/2021

  1. Transferencia de capitales para Portugal;
EUR 1.000.000 EUR 1.500.000
  1. Transferencia de capitales para inversión en actividades de investigación desarrolladas por instituciones públicas o privadas de investigación científica, integradas en el sistema científico y tecnológico nacional;

EUR 350.000

EUR 500.000

  1. Transferencia de capitales destinados a la adquisición de unidades de participación en fondos de inversión o fondos de capitales de riesgo dirigidos a la capitalización de empresas, que sean constituidos al amparo de la legislación portuguesa, cuya maduración en el momento de la inversión, sea de por lo menos cinco años y, por lo menos, 60% del valor de la inversión se concretice en sociedades comerciales con sede en territorio nacional.

EUR 350.000

EUR 500.000

  1. Transferencia de capitales destinados a la constitución de una sociedad comercial con sede en Portugal conjugado con la creación de cinco puestos de trabajo permanentes, o para refuerzo del capital social de una sociedad comercial con sede en Portugal, ya constituida, con la creación o manutención de puestos de trabajo, con un mínimo de cinco permanentes, y por un periodo mínimo de tres años.

EUR 350.000

EUR 500.000

 

A pesar de las modificaciones legislativas al régimen, el programa Golden Visa continua a ser un régimen muy atractivo para los inversores extranjeros, pudiendo también ser conjugado con el régimen fiscal del Residente No Habitual (RNH).

El Departamento de Derecho Fiscal de Belzuz Abogados, S.L.P, cuenta con abogados con experiencia para prestar las aclaraciones necesarias sobre esta materia.

Fiscal and Tax Law department | (Portugal)

 

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