Monday, 28 January 2013

Nuevos tiempos en la tarificación de los seguros: “las Tarifas Unisex”

VolverEl sector asegurador no podrá hacer distinciones por razón de sexo a la hora de tarificar el riesgo, desde la entrada en vigor el pasado 21 de diciembre de 2012 de la normativa europea contra la diferenciación por sexos de los precios aplicados en el sector de los seguros.

La Directiva 2004/113/CE del Consejo de igualdad de trato entre hombres y mujeres en el acceso a bienes y servicios prohíbe toda discriminación por razón de género fuera del mercado laboral. El 1 de marzo de 2011, el TJUE anuló, la excepción que permitía a los Estados miembros mantener la diferenciación entre hombres y mujeres en las primas de seguros.

La consecuencia directa para las aseguradoras en Europa, es que tendrán que aplicar los mismos precios por los mismos productos de seguros a mujeres y hombres, sin distinción por razón de sexo.

Esta medida implica que los precios de los seguros podrían aumentar o disminuir en el corto plazo para determinadas categorías de clientes, aunque lo razonable se equilibre se equilibren con el tiempo.

Estos cambios trae su causa tras la sentencia del TJUE que atenta contra el principio de igualdad de genero y con la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, el hecho de fijar los precios atendiendo al sexo de las personas.

El Tribunal de Justicia, asunto Test-Achats de 1 de marzo de 2011, dio a las aseguradoras un plazo que concluyó el pasado 21 de diciembre de 2012 para cambiar sus políticas de precios con el fin de tratar a los clientes, hombres y mujeres, de manera igual en términos de primas y sobre las prestaciones de los seguros.

Antes de la sentencia, el artículo 5, apartado 2, de la Directiva ofrecía a los Estados miembros el derecho a establecer una excepción a la norma de «independencia del sexo» con respecto a los contratos de seguros.

Hasta ahora, los Estados miembros han hecho uso de esta excepción para algunos o todos los contratos de seguros.

El Tribunal ha concluido que la exención de la norma de «independencia del sexo» recogida en el artículo 5, apartado 2, era incompatible con la objetivo de la Directiva y con la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE. El Tribunal.

Nos preguntamos como reaccionara el mercado, aunque la consecuencia directa es que contratar un seguro de vida o ampliar capitales de un seguro ya existente será más caro para las mujeres a partir de Diciembre 2012.

Con la aplicación de nuevas exigencias de la Unión Europea sobre la igualdad de genero perjudican concretamente en el caso de los seguros de vida a las mujeres, ya que hasta ahora se les aplicaba unas primas menores que a los hombres de su misma edad debido a que la esperanza de vida es mucho mayor en las mujeres. En la práctica las mujeres pagan una prima de seguro que correspondía a unos 7 ańos menos de su edad real.

Las estadísticas son determinantes, y son uno de los factores que utilizan para calcular las primas en los seguros de automóvil, sanitarios o de vida. La aplicación de la sentencia desde el 21.12.12 supone que habrá que cambiar contratos y reevaluar datos, lo que significa que afectará a los precios de los asegurados tanto en el caso del seguros de vehículos, que serán más económicos para las mujeres, como de vida, más baratos para los hombres puesto que estadísticamente su esperanza de vida es menor.

En general compańías han comenzado a adaptar, las primas reducido las primas de los seguros de vida de los hombre, y han aumentado sensiblemente las primas de los seguros de vehículos y de salud, a las mujeres, todo ello en una búsqueda de equilibrio e igualdad.

 Jose Garzon Garcia - Insurance Law departmentJosé Garzón García 

Director of the Insurance Law department | Madrid (Spain)

 

Belzuz Abogados SLP

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