Martes, 24 Marzo 2020

Desmintiendo bulos: el estado de alarma NO condiciona las pólizas de seguros del automóvil

VolverEl pasado domingo 15 de marzo, el gobierno, mediante Real Decreto, aprobó la declaración del estado de alarma en España, con motivo de la emergencia sanitaria provocada por la expansión del coronavirus COVID-19.

El desconocimiento de muchas de las medidas excepcionales en vigor, junto con la abundante producción normativa de los últimos días, han provocado una gran confusión alimentada por la ya habitual difusión de bulos que pretenden hacer, si cabe, más caótica la situación. Dada la grave coyuntura, es importante desmentir muchos de los mismos.

Durante las últimas horas, muchos medios se hicieron eco de una información llegada a través de diferentes vías, que sostenía que las aseguradoras no se iban a hacer cargo de aquellos siniestros que pudiesen sufrir los coches durante el vigente estado de alarma.

Como sabemos, una de las medidas adoptadas por el gobierno, ha sido la de limitar la circulación de las personas a los siguientes casos:

• por causa de fuerza mayor o situación de necesidad;

• asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios;

• desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial;

• retorno al lugar de residencia habitual;

• asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables;

• desplazamiento a entidades financieras y de seguros;

Todo lo que se salga de las anteriores excepciones, implicará un incumplimiento normativo que conllevará una sanción de entre 100 y 600.000 euros o un año de prisión.

El mencionado bulo, venía a afirmar que las aseguradoras no se harían responsables de los siniestros si el motivo del desplazamiento no se encontraba entre los anteriormente enumerados.

En este sentido, y en contra de lo que difunden estos bulos, es importante reseñar que el actual estado de alarma, no toca en nada la vigencia y aplicabilidad de los seguros de automóviles.

Tal y como manifestó hoy la Asociación Empresarial del Seguro (UNESPA), las aseguradoras seguirán cubriendo los siniestros producidos durante la vigencia del estado de alarma, como hasta ahora lo estaban haciendo (exceptuando las exclusiones típicas: conducir bajo los efectos del alcohol, sin ITV, etc.).

Desde el Departamento de Derecho del Seguro de Belzuz Abogados, S.L.P., le recomendamos que siga las instrucciones emitidas por las autoridades, limitando sus desplazamientos a los ya referidos, pero con la tranquilidad de que su póliza de seguro seguirá desplegando los mismos efectos que hasta la fecha.

CONCLUSIÓN

El incumplimiento de las disposiciones normativas recogidas en el Real Decreto, acarreará una sanción administrativa de mayor o menor cuantía, pero en ningún caso implicará que el seguro del automóvil no cubra los posibles siniestros producidos durante el uso del mismo.

Departamento de Derecho del Seguro | Madrid (España)

 

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