Martes, 30 Julio 2024

Cambios en la legislación sobre la documentación de los trabajadores extranjeros en Portugal

Volver

Con la publicación del Decreto-Ley 41-A/2024, de 28 de junio se amplía el plazo de validez de los documentos y visados; en este sentido, los documentos y visados relativos a la residencia en territorio nacional, incluidas las autorizaciones de residencia de la CPLP (Comunidade dos Países de Língua Portuguesa), cuya validez haya expirado desde la fecha de entrada en vigor del decreto-ley o en los 15 días inmediatamente anteriores, se aceptan, en los mismos términos, hasta el 30 de junio de 2025. Estos documentos seguirán aceptándose en las mismas condiciones después del 30 de junio de 2025, siempre que el titular demuestre que ya ha solicitado cita previa para renovarlos. El decreto-ley entró en vigor el 29 de junio de 2024.

También en lo que relativo a la contratación de trabajadores de países no pertenecientes a la Unión Europea, se ha publicado el Decreto-Ley nº 37-A/2024, de 3 de junio, por el que se derogan los procedimientos de autorización de residencia basados en Manifestação de Interesse (procedimiento que permitía a los ciudadanos extranjeros que hubieran entrado legalmente en Portugal y tuvieran una relación laboral comprobada, presentar su interés en residir en el país), es decir, era un mecanismo que facilitaba la obtención de un permiso de residencia en Portugal, ya que los procedimientos sólo se iniciaban después de tener un contrato de trabajo en Portugal).

Por lo tanto, a partir de esa fecha, los extranjeros que deseen obtener un permiso de residencia para ejercer una actividad profesional subordinada o independiente en Portugal tendrán que iniciar los trámites en los consulados portugueses de su país de origen / país de residencia legal, y ya no será posible iniciar dichas solicitudes desde Portugal.

Las empresas que deseen contratar trabajadores con solicitudes de permiso de residencia basadas en Manifestação de Interesse deberán tener en cuenta este cambio legislativo antes de iniciar el procedimiento de contratación. El decreto-ley está en vigor desde el 4 de junio de 2024.

 

Ana Paula BernardoAna Paula Bernardo 

Departamento Derecho Laboral | (Portugal)

 

Belzuz Abogados SLP

La presente publicación contiene información de carácter general sin que constituya opinión profesional ni asesoría jurídica. © Belzuz Abogados, S.L.P., quedan reservados todos los derechos. Se prohíbe la explotación, reproducción, distribución, comunicación pública y transformación total o parcial, de esta obra, sin autorización escrita de Belzuz Abogados, S.L.P.

Madrid

Belzuz Abogados - Despacho de Madrid

Nuñez de Balboa 115 bis 1

  28006 Madrid

+34 91 562 50 76

+34 91 562 45 40

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Lisboa

Belzuz Abogados - Despacho de Lisboa

Av. Duque d´Ávila, 141 – 1º Dtº

  1050-081 Lisboa

+351 21 324 05 30

+351 21 347 84 52

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Oporto

Belzuz Abogados - Despacho de Oporto

Rua Julio Dinis 204, Off 314

  4050-318 Oporto

+351 22 938 94 52

+351 22 938 94 54

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Asociaciones

  • 1_insuralex
  • 3_chambers-2024
  • 4_cle
  • 5_chp
  • 6_aeafa