segunda, 12 julho 2021

Negligencia médica desde el punto de vista del médico: la falta de diligencia

VolverEl error médico, y en particular la negligencia médica, debe analizarse desde la perspectiva de una infracción de la lex artis, basada en la experiencia y los conocimientos específicos del médico en comparación con las circunstancias del caso, además de en el estándar de diligencia.

Así, y como se defiende jurisprudencialmente, "El médico o institución sanitaria que no ejerce todo su celo, ni pone en práctica toda su capacidad técnica y científica en la ejecución de sus tareas para proporcionar al paciente una curación o prestarle los servicios acordados, actúa de forma negligente, cumpliendo su obligación de forma defectuosa" – cfr. Ac. Tribunal da Relação do Porto de 14/05/2020, disponível in www.dgsi.pt. Por ello, es imprescindible realizar un análisis caso por caso de los hechos y conocimientos que tenía el médico en el momento de realizar los actos médicos, así como el estándar de la Ciencia vigente en ese momento, ya que sólo a través del análisis conjunto de estas variables se puede determinar la existencia de una negligencia médica.

En efecto, para que tenga relevancia jurídica una infracción de la lex artis que pueda cualificar como negligencia médica, ésta debe resultar de un error "inexcusable" del médico, que tenía conocimientos y elementos de diagnóstico suficientes para no adoptar esa conducta y, sin embargo, despreciando la buena práctica médica, la adoptó.

Como se ha mencionado en otros textos de esta naturaleza, la negligencia médica puede adoptar la forma de un acto médico incorrectamente realizado, el incumplimiento del deber de informar al paciente o la prescripción de una terapia incorrecta. A modo de ejemplo, en la citada sentencia se discutía, entre otras cosas, el hecho de que el médico hubiera recetado un medicamento que habría provocado daños irreversibles en el ojo del paciente, sin haberle advertido de los posibles efectos que podía tener el medicamento. Es importante destacar que, in casu, esta cuestión no fue probada y el médico fue absuelto de los cargos formulados contra él, ya que el informe pericial consideró que los riesgos asociados a la toma de esta medicación eran de conocimiento general y, por tanto, no implicaban ningún deber adicional de información al paciente. De hecho, en la citada sentencia se afirma que "los tratamientos propuestos y realizados a este paciente son bien conocidos y ampliamente utilizados en todo el mundo. Sus beneficios y riesgos potenciales se describen detalladamente en la literatura y deberían haber sido explicados al paciente antes de su ejecución. De la consulta del expediente, confirmamos que existían consentimientos informados firmados para todos los procedimientos realizados, sin embargo, hemos de señalar que el citado documento es muy general y poco explícito para cada procedimiento concreto, si bien en él se hace constar que la paciente fue informada y aclarada sobre los procedimientos médicos, diagnósticos y de tratamiento a realizar, así como de las posibles complicaciones, por lo que presumimos que fue debidamente informada y, sus dudas, aclaradas".

El análisis fáctico y jurídico de una situación de esta naturaleza no es sencillo y, por lo tanto, todas las partes implicadas deben obtener asesoramiento jurídico que les acompañe en el proceso. Belzuz Advogados, con oficinas en Portugal en Lisboa y Oporto, cuenta con un equipo de abogados con amplia experiencia en situaciones similares, que pueden proporcionar asesoramiento jurídico en estas situaciones.

En conclusión, en cada caso habrá que determinar si el médico actuó de forma negligente, es decir, si, a pesar de tener los conocimientos técnicos para realizar la conducta correcta (de acuerdo con el estándar de la Ciencia), decidió no hacerlo, produciendo así un daño al paciente. Para ello, no sólo debe tenerse en cuenta la documentación clínica del caso, sino también las opiniones de los peritos y del propio médico, para determinar si en el caso existió, como menciona la jurisprudencia, un ejercicio de la actividad sin celo.

 Ricardo Meireles Vieira Ricardo Meireles Vieira 

Departamento Direito da Saúde | Portugal

 

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