En este sentido, además de lo ya dispuesto en el artículo 106 del Código de Trabajo, es obligatorio informar a los trabajadores de los siguientes aspectos relevantes de la actividad laboral
(i) el instrumento de negociación colectiva aplicable, en su caso, y la designación de las respectivas entidades contratantes,
(ii) la duración y condiciones del período de prueba, en su caso, (iii) la cuantía, periodicidad y forma de pago de la retribución, incluyendo el desglose de sus elementos constitutivos,
(iii) el período normal de trabajo diario y semanal, especificando los casos en que se define en términos medios, así como el régimen aplicable en caso de trabajo en horas extraordinarias y organización de turnos
(iv) el derecho individual a la formación continua,
(v) los regímenes de protección social, incluidas las prestaciones complementarias o sustitutivas de las previstas en el régimen general de la Seguridad Social incluidas las prestaciones complementarias o sustitutivas de las previstas en el régimen general de la Seguridad Social, y
(vi) los parámetros, criterios, normas e instrucciones en que se basan los algoritmos u otros sistemas de inteligencia artificial que inciden en la toma de decisiones sobre el acceso al empleo y su mantenimiento, así como las condiciones de trabajo, incluida la elaboración de perfiles y el seguimiento de la actividad profesional.
La información sobre los aspectos relevantes de la actividad laboral debe comunicarse hasta el 7º día después del inicio del contrato y el resto de la información en el plazo de 1 mes desde el inicio del contrato, en papel o en formato electrónico.
El empleador debe conservar pruebas de la transmisión o recepción de la información contenida en los documentos mencionados.
Teniendo en consideración los cambios mencionados, en particular en relación con el deber de información, los empleadores deben:
(i) actualizar los borradores de los contratos de trabajo y
(ii) proporcionar toda la información sobre los aspectos relevantes de la actividad laboral a los trabajadores actuales.
Para obtener más información sobre las obligaciones laborales que como empresa tiene en Portugal, por favor contacte el equipo del Departamento de Derecho Laboral de Belzuz Abogados, S.L.P. - Sucursal em Portugal.
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